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Fondo de Previsión Social

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Fondo de Previsión Social

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dots FONDO DE SEPELIO

Se constituye con el pago de una cuota anual de S/ 20.00, brindando una subvención económica por fondo de sepelio a socios, ejecutivos y familiares directos.

A. Condiciones para acceder al servicio

  • Abonar el pago anual de S/ 20.00 de manera puntual; caso contrario, pierde el beneficio de acumulación de años.
  • El socio recibirá el fondo de acuerdo a la escala autorizada, según sus pagos puntuales y continuos.

B. Vigencia

El pago de la cuota de S/20.00 tendrá vigencia de un (01) año calendario, computándose a partir de la fecha del pago.

C. Exclusión

No haber pagado el fondo de sepelio.

D. De los documentos a presentar

  • Solicitud dirigida a la Gerencia General de la Cooperativa Los Andes.
  • Acta y certificado de defunción (original o copia legalizada) del socio, ejecutivo, cónyuge o hijos menores de edad.
  • Copia del Documento Nacional de Identidad del beneficiario (declarado en la fecha de registro del socio o ejecutivo).
  • En caso de controversias, deberá presentarse la sucesión intestada universal definitiva o documento similar suscrito por un Juez de Paz Letrado y No Letrado.

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E. Plazo de trámite para solicitar la subvención.

El plazo máximo para tramitar la subvención económica por fondo de sepelio es de seis (06) meses, contados a partir de la fecha de fallecimiento.

F. Procedimiento de pago de fondo de sepelio.

Los beneficiarios deberán sujetarse al siguiente procedimiento durante el trámite:

  • Una vez fallecido el socio o ejecutivo, los beneficiarios o cualquiera de los deudos darán aviso a la cooperativa inmediatamente, presentando los documentos requeridos para su atención.
  • El administrador de la oficina revisará los documentos y requisitos, determinando el monto a subvencionar de acuerdo a las escalas establecidas.
  • De cumplirse con los requisitos establecidos, se procederá a pagar en efectivo o a través de transferencias a su cuenta de ahorro por concepto de fondo de sepelio, al beneficiario que el socio o ejecutivo haya designado, previa autorización y V°B° del administrador de la oficina.
  • Por fallecimiento de cónyuge o hijos menores de edad, la subvención económica por fondo de sepelio, será entregada directamente al socio o ejecutivo a través de una transferencia a su cuenta de ahorro.

 

Andino-1Escala


 

 

Condiciones importantes

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Importante:
  • El beneficio del fondo por fallecimiento de familiares solo podrá otorgarse por un familiar fallecido y no podrá entregarse múltiples veces por cada familiar declarado.

Forma de pago del beneficio
  • El monto otorgado no se distribuye entre varios beneficiarios.
  • El pago corresponde a un único monto, conforme a la escala vigente.
Pérdida de derechos
  • Los socios que se retiren de la cooperativa y no hayan hecho uso del Fondo de Previsión Social no tendrán derecho a la devolución de las cuotas pagadas por ningún motivo.
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dots FONDO DE SEGURO DE DESGRAVAMEN

Es un seguro que permite cubrir el saldo pendiente del préstamo otorgado por la COOPAC Los Andes a sus socios y ejecutivos, ante siniestros por fallecimiento o invalidez total y permanente.

A. Condiciones para acceder al servicio

  • Haber pagado el monto por concepto del servicio de desgravamen de préstamo el mismo día de desembolso.
  • No estar incurso en las exclusiones establecidas.
  • Cumplir con las evaluaciones y requisitos solicitados por la administración del fondo.
  • Estar al día en el pago del préstamo (tolerancia máxima de hasta tres (03) meses de retraso).

B. Vigencia

La cobertura se mantiene durante todo el plazo del préstamo, desde el desembolso hasta su cancelación, sujeta al cumplimiento de las condiciones establecidas.

C. Cobertura del servicio

  • Muerte natural.
  • Muerte accidental.
  • Invalidez total y permanente por enfermedad.
  • Invalidez total y permanente por accidente.

**El monto máximo de cobertura es de hasta S/ 120,000.00.

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D. Exclusiones

  • Enfermedades preexistentes.
  • Suicidio (salvo condiciones establecidas).
  • Actos delictivos, terrorismo o conmoción social.
  • Consumo de alcohol o drogas vinculado al siniestro.
  • Práctica de deportes riesgosos.
  • Otras condiciones señaladas en el reglamento.

E. Documentos a presentar

  • Solicitud de cobertura.
  • Documento Nacional de Identidad del solicitante y del asegurado.
  • Certificado y acta de defunción (en caso de fallecimiento).
  • Documentos adicionales como denuncia policial o dictamen de invalidez, según corresponda.

F. Plazo de atención

El plazo máximo para la atención de la cobertura es de treinta (30) días hábiles, contados desde la presentación completa de los documentos.

G. Procedimiento de cobertura

  • El socio, familiares o avales comunican el siniestro a la cooperativa y presentan la documentación.
  • La oficina revisa y valida los requisitos.
  • La administración de patrimonios autónomos evalúa el caso.
  • El Comité de Patrimonios Autónomos aprueba, observa o deniega la solicitud.
  • De ser aprobado, se realiza la cancelación del saldo del préstamo conforme a las condiciones establecidas.

Condiciones importantes

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Importante:
  • La cobertura está sujeta al cumplimiento de todos los requisitos y condiciones del reglamento.
Límite de cobertura:
  • El servicio cubre hasta el monto máximo establecido; cualquier excedente será asumido por los responsables del crédito.
Pérdida de cobertura:
  • Se pierde el beneficio en caso de incumplimiento de pagos o de incurrir en exclusiones establecidas.

 

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